En este texto, extraído del libro editado por la FUNCI Islam y constitucionalismo, un diálogo abierto, el jurista especializado en derecho islámico, Nadirsyah Hosen, analiza los valores que deberían de acompañar las interpretaciones de la Shari’a: los Maqasit al Shari’a, u objetivos de la ley islámica. Según él y según muchos otros autores, la elaboración de la ley se debe basar en unos principios de protección del individuo, y no regirse por criterios exclusivamente literalistas.
«En relación con la protección de los derechos de los ciudadanos, a pesar de algunos derechos establecidos en el Corán y en la Sunna[1], los maqasid al-shari’a (los objetivos de la ley islámica) deberían convertirse en otro principio o criterio del derecho constitucional islámico. Esta opinión cuenta con el respaldo del Profesor de Derecho Islámico de la UCLA, Khaled Abou El Fadl[2]. Según Muhammad Husein Kamali, los maqasid al-shari’a son aspectos importantes pero ignorados en el discurso de la shari’a. Kamali reivindica que siguen existiendo muchos manuales, muy bien valorados, sobre la Usul al-Fiqh (teoría jurídica islámica) que no incluyen los maqasid al-shari’a en sus descripciones. Esos manuales suelen estar más preocupados por mantener una postura de conformidad con el texto divino. Como consecuencia, todo ello ha contribuido, ya sea de forma directa o indirecta, a que el pensamiento jurídico siga una dirección literalista[3].
Los maqasid al-shari’a consisten en los cinco valores jurídicos centrales relacionados con la protección (al-dharuriya al-khams) de la religión, la vida, el intelecto, el honor o linaje y la propiedad. Esencialmente, lo que la shari’a pretende principalmente es proteger y promover estos valores fundamentales y reconocer todas las medidas necesarias para preservarlos y promoverlos. El Fadl argumenta que la protección de la religión debería significar la protección de la libertad de creencia religiosa, la protección de la vida significaría que quitar la vida ha de deberse a una razón justa y ser el resultado de un proceso justo, la protección del intelecto tendría que significar el derecho a la libertad de pensamiento, expresión y creencia religiosa, la protección del honor tendría que significar la protección de la dignidad del ser humano, y la protección de la propiedad debería garantizar el derecho a una compensación en caso de expropiación de una propiedad[4].
Valores centrales
Resulta fundamental subrayar que estos cinco valores centrales no son valores divinos, sino humanos, pues los desarrollan juristas musulmanes basándose en sus interpretaciones del Corán y la Sunna. Esto podría significar que los maqasid al-shari’a no se limitan a los cinco valores centrales. Ibn Taimiyah, por ejemplo, parte de la idea que confirma que los maqasid al-shari’a corresponden a un número concreto de valores[5]. Yusuf al-Qaradawi adopta un enfoque parecido y amplía la lista de los maqasid al-shari’a para incluir “la dignidad humana, la libertad, el bienestar social y la fraternidad humana entre los maqasid más elevados de la shari’a”[6]. La existencia de otros objetivos adicionales se basa en el peso de las pruebas, tanto generales como detalladas, contempladas en el Corán y la sunna.
Se podría realizar un nuevo ijtihad considerando la teoría de los maqasid al-shari’a, y analizando la shari’a como una unidad en la que las normas detalladas se analicen a la luz de sus premisas, sustantivos y objetivos más amplios. Esto significa que la Shari’a se podría estudiar a partir de los maqasid al-shari’a, más allá de las particularidades del texto. En palabras de Kamali, “el enfoque no se centra tanto en las palabras y las frases del texto, sino en las metas y los objetivos que éste reivindica”[7]. Vale la pena subrayar que los principios y procedimientos del derecho constitucional islámico se podrían encontrar en la teoría de los maqasid al-shari’a.
*Nadirsyah Hosen Es profesor en la facultad de Derecho de la Universidad de Monash (Australia). Ha realizado un Doctorado de Derecho en la Universidad de Wollongong y otro Doctorado de Derecho Islámico en la Universidad Nacional de Singapur.
Notas
[1] Muchos musulmanes creen firmemente que la shari’a aborda la esencia de los derechos humanos. Por ejemplo, identifican como los principios más importantes de los derechos humanos presentes en el Islam: la dignidad y la fraternidad; la igualdad entre los miembros de la comunidad sin distinciones en base a la raza, el color o la clase; el respeto al honor, la reputación y la familia de cada individuo; el derecho a ser considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario y libertad individual. Véase Tahir Mahmood (ed.), Human Rights in Islamic Law, Nueva Delhi, Genuine Publications, 1993. Este libro recoge artículos de académicos musulmanes prominentes, tales como Abul A’la Maududi, M.I. Patwari, Majid Ali Khan, Sheikh Showkat Husain, y Parveen Shaukat Ali.
[2] El Fadl, íbid.
[3] Mohammad Hashim Kamali, Principles of Islamic Jurisprudence, (Cambridge, The Islamic Text Society, 1991), 403.
[4] El Fadl, nota al pie nº 14, 88; un análisis en profundidad sobre este tema puede encontrarse en M. Sa’d b. Ahmad b. Mas’ud al-Alyubi, Maqasid al-Shari’a al-Islamiya wa ‘Alaqatuha bi Adillah al-Shar’iyya, (Riyad, Dar al-hijrah li al-Nasyr wa al-Tawzi’, 1998). Este trabajo está basado en su tesis en al-Jami’ah al-Islamiyah bi al-Madinah al-Munawarah, 1995.
[5] Taqi al-Din Ibn Taimiyah, Majmu’ al-Fatawa, Vol. 2, (Beirut, Mu’assasah al-Risalah, 1398 H), 134.
[6] Kamali, nota al pie nº 17, 407.
[7] Ibid. 408.
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